jueves, mayo 27, 2004
PODER POPULAR EN CUBA
Características principales del Sistema Político Cubano
Las grandes transformaciones ocurridas en Cuba desde el triunfo de la Revolución, el 1ro de enero de 1959, abrieron numerosos e insospechados cauces para la incorporación del pueblo a la conducción real de la sociedad. Sobre esa base surgió y se desarrolló un nuevo sistema que buscó incorporar desde sus inicios, lo más posible, las formas de democracia directa al carácter inevitablemente representativo que debe tener la institucionalidad en una democracia moderna. En la nuestra, como en cualquier otra sociedad contemporánea, el ciudadano delega parte de sus potestades en sus representantes electos y estos ejercen una función de intermediación entre el individuo y los órganos de dirección de la sociedad, pero de varios modos nuestro sistema promueve la participación real de los ciudadanos y la vinculación efectiva de los elegidos con ella, desde la postulación de los candidatos por los propios electores hasta el control de estos últimos sobre los primeros mediante los mecanismos de rendición de cuenta y revocación.
Aun así este sistema no agota el contenido democrático de la sociedad cubana. La activa participación popular no se limita a escoger, postular, elegir, controlar y revocar a sus representantes.
En cada circunscripción electoral los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular rinden cuenta a sus electores—deberán hacerlo dos veces al año— sobre la labor realizada por ellos, en reuniones en que la comunidad aborda igualmente cualquier otro asunto de interés.
La reforma constitucional de 1992, las elecciones de 1993 y 1998, el desarrollo de las audiencias públicas, los parlamentos obreros en los centros laborales y otras formas de incorporación de la población a la discusión de los principales problemas del país, refuerzan el carácter participativo de nuestro sistema político original y autóctono que cuenta entre sus características más importantes el que:
• Todos los elegidos deberán rendir cuenta de su labor periódicamente y pueden ser revocados sus mandatos en cualquier momento por los mismos que los eligieron.
• Ningún representante, diputado o delegado, de cualquier nivel, recibe remuneración alguna —salario, dieta o cualquier otra prestación o beneficio— por el desempeño de la labor para la que fue elegido. Como norma no son políticos profesionales. Quienes deben dedicarse a tiempo completo a esas actividades para dirigir los trabajos de las asambleas, reciben el mismo salario que tenían en el lugar de trabajo de donde proceden y a donde regresarán, normalmente, una vez concluido su mandato. Semejante procedimiento se sigue con aquellos a los que les sean asignadas responsabilidades temporales por las asambleas, sus comisiones o Consejos Populares.
Características principales del Sistema Electoral Cubano
Como resultado de estas concepciones en 1976 tomó forma una nueva institucionalidad y un sistema electoral plasmado en la Constitución de ese año, discutida masivamente y aprobada en referéndum por más del 97% del electorado.
El Partido no nomina ni promueve candidatos
Nuestro Partido no es un Partido electoral, sino la continuidad histórica del Partido revolucionario que José Martí organizó para unir a los cubanos y alcanzar la independencia.
Inscripción universal, automática y gratuita de todos los ciudadanos
Se trata de un derecho que se ejerce con la máxima facilidad al acceder a la edad de 16 años. Previo a las elecciones las listas de electores se hacen públicas en cada circunscripción, para propiciar que todo ausente, por el motivo que fuere, reclame y obtenga su incorporación. Si aun así por cualquier causa no apareciera en la lista correspondiente, puede incorporarse a ella en el momento de la votación en el lugar de residencia, acreditando solo su vecindad y edad.
Postulación de los candidatos por los propios electores
La base del sistema es la elección de los candidatos directamente por la población. Los delegados de base constituyen aproximadamente la mitad de los miembros del parlamento nacional.
Los candidatos para esa responsabilidad —dos como mínimo y hasta ocho— son propuestos y elegidos por los electores en reuniones públicas de las diversas zonas vecinales o barrios que componen cada circunscripción electoral. Para ser elegido hay que recibir más del 50% de los votos válidos.
Inexistencia de campañas electorales
La difusión de las fotografías y las biografías de los candidatos, confeccionadas de manera uniforme, es una tarea que realiza la comisión electoral en cada circunscripción. En igualdad de condiciones se lleva a cabo la divulgación sobre los candidatos y estos no pueden realizar por su cuenta actividad de propaganda a favor de su candidatura.
Total transparencia de los comicios
El voto es totalmente secreto.
Al iniciarse la votación los integrantes de la mesa electoral invitan al público a comprobar que las urnas están completamente vacías antes de proceder a sellarlas bajo la custodia de los niños que las cuidarán durante toda la jornada.
El acto individual de marcar la boleta, se realiza en total secreto. Una vez marcada la boleta el elector la deposita en la urna. Los votos obtenidos por cada candidato y los resultados finales de cada colegio electoral son expuestos, públicamente, en el exterior de los colegios y en otros lugares de la circunscripción.
Al concluir la votación se realiza el escrutinio de forma pública en el propio colegio electoral. Además de los ciudadanos cubanos también pueden estar presentes los extranjeros que así lo deseen.
En el caso de la elección de los delegados de las asambleas provinciales y de los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular se aplican los mismos principios ajustados al hecho de que ellos deberán ser electos por un electorado mucho mayor, por municipios o distritos electorales que comprenden numerosas circunscripciones, generalmente varias decenas de ellas.
Las asambleas municipales postulan a los candidatos para esos cargos a partir de la reforma introducida en la Constitución de la República, pero todos ellos son sometidos a elección directa y secreta por los electores del respectivo municipio o distrito electoral.
Claridad y masividad en la integración de las candidaturas
Las propuestas para integrar las candidaturas son hechas por los propios delegados de circunscripción y las diversas organizaciones sociales —entre otras, los sindicatos obreros, las asociaciones campesinas, las organizaciones estudiantiles, de vecinos, de mujeres— y son objeto de numerosas consultas, análisis antes de la aprobación final por las asambleas municipales que deciden a quiénes habrán de postular como candidatos al conjunto de los electores.
Los candidatos a diputados y a delegados a las asambleas provinciales realizan reuniones y encuentros con los electores de su distrito pero lo hacen juntos, excluyendo toda forma de promoción individual.
En todas las elecciones el voto es enteramente voluntario, aunque se procura estimular la mayor concurrencia a las urnas y se les facilita a todos poder hacerlo, por lo que este resulta masivo.
Procesos electorales
La Ley Electoral vigente establece dos tipos de procesos electorales:
• Las elecciones generales, que se efectúan cada cinco años para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional y a los delegados a las asambleas provinciales.
• Las elecciones parciales, que se llevan a cabo cada dos años y medio para elegir a los delegados a las asambleas municipales.
Derecho al sufragio
Todos los cubanos, hombres y mujeres, incluidos los miembros de los institutos armados, que hayan cumplido los 16 años de edad y estén en pleno goce de sus derechos políticos pueden participar como electores en las elecciones y referendos que se convoquen.
El votar es un acto totalmente voluntario.
Todos los electores tienen el derecho a ser elegidos como delegados y diputados, aunque en este último caso deben haber cumplido 18 años de edad.
Las propuestas para integrar las candidaturas son hechas por ¡os propios delegados de circunscripción y las diversas organizaciones sociales —entre otras, los sindicatos obreros, ¡as asociaciones campesinas, las organizaciones estudiantiles, de vecinos, de mujeres— y son objeto de numerosas consultas, análisis antes de la aprobación final por las asambleas municipales que deciden a quiénes habrán de postular como candidatos al conjunto de los electores.
Los candidatos a diputados y a delegados a las asambleas provinciales realizan reuniones y encuentros con los electores de su distrito pero lo hacen juntos, excluyendo toda forma de promoción individual.
En todas las elecciones el voto es enteramente voluntario, aunque se procura estimular la mayor concurrencia a las urnas y se les facilita a todos el poder hacerlo, por lo que resulta masivo.
Procesos electorales
La Ley Electoral vigente establece dos tipos de procesos electorales:
• Las elecciones generales, que se efectúan cada cinco años para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional y a los delegados a las asambleas provinciales.
• Las elecciones parciales, que se llevan a cabo cada dos años y medio para elegir a los delegados a las asambleas municipales.
Derecho al sufragio
Todos los cubanos, hombres y mujeres, incluidos los miembros de los institutos armados, que hayan cumplido los 16 años de edad y estén en pleno goce de sus derechos políticos pueden participar como electores en las elecciones y referendos que se convoquen.
El votar es un acto totalmente voluntario.
Todos los electores tienen el derecho a ser elegidos como delegados y diputados, aunque en este último caso deben haber cumplido 18 años de edad.
Están excluidos de este derecho los incapacitados mentales y los que estén cumpliendo sanción por delitos cometidos.
Circunscripciones electorales
Las circunscripciones electorales del municipio se determinan para cada elección por la Comisión Electoral Provincial, a propuesta de la municipal correspondiente, según la cantidad de habitantes del municipio.
Comisiones electorales
Para organizar, dirigir y validar los procesos electorales
Las grandes transformaciones ocurridas en Cuba desde el triunfo de la Revolución, el 1ro de enero de 1959, abrieron numerosos e insospechados cauces para la incorporación del pueblo a la conducción real de la sociedad. Sobre esa base surgió y se desarrolló un nuevo sistema que buscó incorporar desde sus inicios, lo más posible, las formas de democracia directa al carácter inevitablemente representativo que debe tener la institucionalidad en una democracia moderna. En la nuestra, como en cualquier otra sociedad contemporánea, el ciudadano delega parte de sus potestades en sus representantes electos y estos ejercen una función de intermediación entre el individuo y los órganos de dirección de la sociedad, pero de varios modos nuestro sistema promueve la participación real de los ciudadanos y la vinculación efectiva de los elegidos con ella, desde la postulación de los candidatos por los propios electores hasta el control de estos últimos sobre los primeros mediante los mecanismos de rendición de cuenta y revocación.
Aun así este sistema no agota el contenido democrático de la sociedad cubana. La activa participación popular no se limita a escoger, postular, elegir, controlar y revocar a sus representantes.
En cada circunscripción electoral los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular rinden cuenta a sus electores—deberán hacerlo dos veces al año— sobre la labor realizada por ellos, en reuniones en que la comunidad aborda igualmente cualquier otro asunto de interés.
La reforma constitucional de 1992, las elecciones de 1993 y 1998, el desarrollo de las audiencias públicas, los parlamentos obreros en los centros laborales y otras formas de incorporación de la población a la discusión de los principales problemas del país, refuerzan el carácter participativo de nuestro sistema político original y autóctono que cuenta entre sus características más importantes el que:
• Todos los elegidos deberán rendir cuenta de su labor periódicamente y pueden ser revocados sus mandatos en cualquier momento por los mismos que los eligieron.
• Ningún representante, diputado o delegado, de cualquier nivel, recibe remuneración alguna —salario, dieta o cualquier otra prestación o beneficio— por el desempeño de la labor para la que fue elegido. Como norma no son políticos profesionales. Quienes deben dedicarse a tiempo completo a esas actividades para dirigir los trabajos de las asambleas, reciben el mismo salario que tenían en el lugar de trabajo de donde proceden y a donde regresarán, normalmente, una vez concluido su mandato. Semejante procedimiento se sigue con aquellos a los que les sean asignadas responsabilidades temporales por las asambleas, sus comisiones o Consejos Populares.
Características principales del Sistema Electoral Cubano
Como resultado de estas concepciones en 1976 tomó forma una nueva institucionalidad y un sistema electoral plasmado en la Constitución de ese año, discutida masivamente y aprobada en referéndum por más del 97% del electorado.
El Partido no nomina ni promueve candidatos
Nuestro Partido no es un Partido electoral, sino la continuidad histórica del Partido revolucionario que José Martí organizó para unir a los cubanos y alcanzar la independencia.
Inscripción universal, automática y gratuita de todos los ciudadanos
Se trata de un derecho que se ejerce con la máxima facilidad al acceder a la edad de 16 años. Previo a las elecciones las listas de electores se hacen públicas en cada circunscripción, para propiciar que todo ausente, por el motivo que fuere, reclame y obtenga su incorporación. Si aun así por cualquier causa no apareciera en la lista correspondiente, puede incorporarse a ella en el momento de la votación en el lugar de residencia, acreditando solo su vecindad y edad.
Postulación de los candidatos por los propios electores
La base del sistema es la elección de los candidatos directamente por la población. Los delegados de base constituyen aproximadamente la mitad de los miembros del parlamento nacional.
Los candidatos para esa responsabilidad —dos como mínimo y hasta ocho— son propuestos y elegidos por los electores en reuniones públicas de las diversas zonas vecinales o barrios que componen cada circunscripción electoral. Para ser elegido hay que recibir más del 50% de los votos válidos.
Inexistencia de campañas electorales
La difusión de las fotografías y las biografías de los candidatos, confeccionadas de manera uniforme, es una tarea que realiza la comisión electoral en cada circunscripción. En igualdad de condiciones se lleva a cabo la divulgación sobre los candidatos y estos no pueden realizar por su cuenta actividad de propaganda a favor de su candidatura.
Total transparencia de los comicios
El voto es totalmente secreto.
Al iniciarse la votación los integrantes de la mesa electoral invitan al público a comprobar que las urnas están completamente vacías antes de proceder a sellarlas bajo la custodia de los niños que las cuidarán durante toda la jornada.
El acto individual de marcar la boleta, se realiza en total secreto. Una vez marcada la boleta el elector la deposita en la urna. Los votos obtenidos por cada candidato y los resultados finales de cada colegio electoral son expuestos, públicamente, en el exterior de los colegios y en otros lugares de la circunscripción.
Al concluir la votación se realiza el escrutinio de forma pública en el propio colegio electoral. Además de los ciudadanos cubanos también pueden estar presentes los extranjeros que así lo deseen.
En el caso de la elección de los delegados de las asambleas provinciales y de los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular se aplican los mismos principios ajustados al hecho de que ellos deberán ser electos por un electorado mucho mayor, por municipios o distritos electorales que comprenden numerosas circunscripciones, generalmente varias decenas de ellas.
Las asambleas municipales postulan a los candidatos para esos cargos a partir de la reforma introducida en la Constitución de la República, pero todos ellos son sometidos a elección directa y secreta por los electores del respectivo municipio o distrito electoral.
Claridad y masividad en la integración de las candidaturas
Las propuestas para integrar las candidaturas son hechas por los propios delegados de circunscripción y las diversas organizaciones sociales —entre otras, los sindicatos obreros, las asociaciones campesinas, las organizaciones estudiantiles, de vecinos, de mujeres— y son objeto de numerosas consultas, análisis antes de la aprobación final por las asambleas municipales que deciden a quiénes habrán de postular como candidatos al conjunto de los electores.
Los candidatos a diputados y a delegados a las asambleas provinciales realizan reuniones y encuentros con los electores de su distrito pero lo hacen juntos, excluyendo toda forma de promoción individual.
En todas las elecciones el voto es enteramente voluntario, aunque se procura estimular la mayor concurrencia a las urnas y se les facilita a todos poder hacerlo, por lo que este resulta masivo.
Procesos electorales
La Ley Electoral vigente establece dos tipos de procesos electorales:
• Las elecciones generales, que se efectúan cada cinco años para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional y a los delegados a las asambleas provinciales.
• Las elecciones parciales, que se llevan a cabo cada dos años y medio para elegir a los delegados a las asambleas municipales.
Derecho al sufragio
Todos los cubanos, hombres y mujeres, incluidos los miembros de los institutos armados, que hayan cumplido los 16 años de edad y estén en pleno goce de sus derechos políticos pueden participar como electores en las elecciones y referendos que se convoquen.
El votar es un acto totalmente voluntario.
Todos los electores tienen el derecho a ser elegidos como delegados y diputados, aunque en este último caso deben haber cumplido 18 años de edad.
Las propuestas para integrar las candidaturas son hechas por ¡os propios delegados de circunscripción y las diversas organizaciones sociales —entre otras, los sindicatos obreros, ¡as asociaciones campesinas, las organizaciones estudiantiles, de vecinos, de mujeres— y son objeto de numerosas consultas, análisis antes de la aprobación final por las asambleas municipales que deciden a quiénes habrán de postular como candidatos al conjunto de los electores.
Los candidatos a diputados y a delegados a las asambleas provinciales realizan reuniones y encuentros con los electores de su distrito pero lo hacen juntos, excluyendo toda forma de promoción individual.
En todas las elecciones el voto es enteramente voluntario, aunque se procura estimular la mayor concurrencia a las urnas y se les facilita a todos el poder hacerlo, por lo que resulta masivo.
Procesos electorales
La Ley Electoral vigente establece dos tipos de procesos electorales:
• Las elecciones generales, que se efectúan cada cinco años para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional y a los delegados a las asambleas provinciales.
• Las elecciones parciales, que se llevan a cabo cada dos años y medio para elegir a los delegados a las asambleas municipales.
Derecho al sufragio
Todos los cubanos, hombres y mujeres, incluidos los miembros de los institutos armados, que hayan cumplido los 16 años de edad y estén en pleno goce de sus derechos políticos pueden participar como electores en las elecciones y referendos que se convoquen.
El votar es un acto totalmente voluntario.
Todos los electores tienen el derecho a ser elegidos como delegados y diputados, aunque en este último caso deben haber cumplido 18 años de edad.
Están excluidos de este derecho los incapacitados mentales y los que estén cumpliendo sanción por delitos cometidos.
Circunscripciones electorales
Las circunscripciones electorales del municipio se determinan para cada elección por la Comisión Electoral Provincial, a propuesta de la municipal correspondiente, según la cantidad de habitantes del municipio.
Comisiones electorales
Para organizar, dirigir y validar los procesos electorales